Y ¿QUIÉN DEFIENDE A LOS ANIMALES… DE LOS DEFENSORES DE LOS ANIMALES?
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agosto 29, 2016A un año de la promulgación de la reforma al artículo 20 de la Ley de Protección y Trato Digo de los Animales del Estado, también conocida como “Reforma Anti Taurina” la cual prohibió las corridas de toros en Coahuila, hemos presenciado dimes y diretes de las personas que están a favor de que sigan existiendo este tipo de espectáculos rústicos y sanguinarios así como también de aquellos que estamos en contra de los mismos.
Por diversos medios los empresarios taurinos y los amantes de la fiesta brava han tratado de desacreditar esta vanguardista reforma argumentando que el fondo de la misma se debe a revanchas políticas, caprichos e incluso a un atentado en contra de la cultura de nuestro país, lo cual es totalmente incorrecto y lo único que prueba es la basta ignorancia de quienes vierten estos argumentos tratando de defender lo indefendible, es decir, que la fiesta brava no puede formar más parte de una cultura que busca el sano desarrollo de la sociedad y erradicar de tajo cualquier forma de violencia.
Lo que los taurinos NO saben, o se hacen como que no saben es; que la reforma tiene un fondo técnico basado única y exclusivamente en atender recomendaciones realizadas al Estado Mexicano el 08 de junio de 2015, por el Comité de los Derechos del Niño, el cual es un órgano de expertos independientes de Las Naciones Unidas (ONU) que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Dentro de las recomendaciones emitidas a nuestro país destaca la prohibición de la participación de menores de edad en espectáculos taurinos para proteger su salud física y mental, pues los expertos han establecido que la Tauromaquia es una actividad violenta perjudicial para la sociedad en general y en específico para los niños, niñas y adolescentes, donde ha quedado comprobado por estudios de especialistas en la materia que la exposición de una persona a un espectáculo donde se ve a un animal sangrando bajo la violencia de un ser humano genera efectos traumáticos, debilitación del sentido moral, perturbación del sentido de los valores, costumbrismo, tolerancia e incitación a la violencia, claro sin pasar por alto el maltrato inhumano al que son sometidos los animales durante el espectáculo.
De lo anterior, podemos observar que la reforma «Anti taurina» tiene un sustento técnico legítimo y busca proteger los derechos de los niños y de la sociedad en general, posicionando a Coahuila como un Estado que atiende de manera puntual las recomendaciones de organismos internacionales de Derechos Humanos, aún cuando estas puedan herir los gustos de unos cuantos.
En ese mismo sentido, resulta sorprendente la resolución que concedió un amparo en contra de la aplicación de la reforma «Anti Taurina», en la cual el Juez manifiesta que la sociedad, los niños, niñas y adolescentes no son sujetos de protección alguna por parte del Estado, resolución cuyos argumentos podemos resumir en “Que viva la fiesta brava y que se jodan los niños, sus derechos, los Derechos Humanos y los ambientales”. Resolución que pasa por alto las recomendaciones realizadas por organismos especializados en la protección de los derechos de la infancia, así como la particular situación de vulnerabilidad en que se encuentran los menores durante su desarrollo, por lo cual, estoy seguro que la Suprema Corte de Justicia de la Nación revertirá este fallo dictando una resolución apegada a los Derechos Humanos, velando por el sano desarrollo de la sociedad y declarando la constitucionalidad de esta reforma.
Emilio Darwich Garza
Procurador de Protección al Ambiente del Estado de Coahuila
Licenciado en Derecho por la Universidad Panamericana, Especialista en obligaciones, contratos y litigio administrativo. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Coahuila. Profesor honorario de la Facultad de Derecho de la UNAM.
@DarwichgE